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Deberes y Derechos del Afiliado
  • Deberes y Derechos del Afiliado

  • Deberes y Derechos del Afiliado

    La incorporación de los trabajadores, dependientes o independientes, al Sistema Privado de Pensiones (SPP) se realiza a través de la afiliación a una empresa administradora de fondos de pensiones (AFP).

    En dicho sentido, todo trabajador que decide incorporarse al SPP es afiliado a la AFP que ofrece la menor comisión por administración, dentro del marco del proceso de licitación del servicio de administración de cuentas individuales de capitalización.

    El afiliado deberá permanecer en dicha AFP por el plazo de 24 meses contados a partir de la fecha de su afiliación, a menos que se cumpla una de las siguientes dos condiciones:

    • La rentabilidad neta de comisión por tipo de Fondo de la AFP adjudicataria sea menor al comparativo del mercado.
    • Se solicite o declare la quiebra, disolución y/o liquidación de la AFP adjudicataria.

    Una vez culminado este plazo el afiliado tendrá derecho a elegir quedarse o realizar libremente su traspaso a otra AFP de su preferencia.

    AFP Integra pone a disposición de sus afiliados todos los deberes y derechos que los asisten y que se derivan de su condición de afiliados al Sistema Privado de Pensiones, los cuales se encuentran desarrollados en toda nuestra página web, cumpliendo de esta manera con lo establecido en la Resolución SBS N° 355-2005

    Puedes obtener información adicional y/o complementaria ingresando a la página de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP aquí.